ES talk:Estatutos de OSM-es
Notas sobre estatutos, a raíz de la iniciativa de reactivación de la Asociación OSMEspaña
Artículo 6
Parece este artículo podría incluir, nombrar, la existencia de vocales. ¿Quizás un mínimo? Como se dice en Artículo 15, «tendrán las obligaciones propias de su cargo como miembros de la Junta Directiva, y así como las que nazcan de las delegaciones o comisiones de trabajo que la propia Junta las encomiende».
No sé si sería conveniente un mínimo de vocales en JD, además de los que se puedan ir creando, en función de esas delegaciones o comisiones.
Si la JD la componen un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario y un Tesorero, esto hace cuatro votos, susceptibles de empate. Si, por principio, hay tres vocales, serían siete votos, con lo cual ya no cabe el empate.
De momento, a seguir. Saludos, --Galopax (talk) 10:44, 4 May 2020 (UTC)